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Ayuntamiento de Peñamellera Baja



Licencia de Obra Menor



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formulariosNivel de Modernización 3. Iniciación electrónicaNivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Nivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Información
Descripción Obtención de Licencia para la realización de obras calificadas como Menores en la normativa urbanística de aplicación.
Sujeto Promotor o contratista
Unidad tramitadora Negociado Licencias Urbanísticas
Órgano que resuelve Alcaldía
Objeto del procedimiento Obtención de Licencia para la obra solicitada.
Forma de inicio A instancia de parte / De oficio.
Lugar de presentación PARA PERSONAS OBLIGADAS A RELACIONARSE ELECTRONICAMENTE CON LA ADMINISTRACION, (Art 14 2 Ley39/2015 de 1 de Octubre):
En el Registro General Electrónico del Ayuntamiento aportando la instancia correspondiente y debidamente cumplimentada y toda la documentación requerida para la tramitación del procedimiento o en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el art 2.1 Ley 39/2015 de 1 de octubre.

PARA PERSONAS FISICAS NO OBLIGADAS A RELACIONARSE ELECTRONICAMENTE CON LA ADMINISTRACIÓN.
Además del supuesto anterior, los siguientes:
De forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento aportando la instancia correspondiente y debidamente cumplimentada y toda la documentación requerida para la tramitación del procedimiento o en cualquiera de los restantes registros de los sujetos a los que se refiere el art 2.1 Ley 39/2015 de 1 de octubre.
Por correo dirigido al Registro General del Ayuntamiento incluyendo la instancia de solicitud debidamente cumplimentada y los documentos requeridos en el procedimiento.
Plazo de presentación Con anterioridad al comienzo de la obra.
Plazo de tramitación 3 meses(art.. 21.3 Ley 39/2015. De 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Tributos Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. La cuota del Impuesto será el resultado de aplicar a la base imponible el tipo de gravamen, de 3,5%.
Tasa por licencias Urbanísticas.
Obras menores :
Hasta 1.000 ¿ presupuesto ........ 20 ¿
De 1.000,01 a 3.000 ¿ .............. 45 ¿
De 3.000,01 a 6.000 ¿ .............. 90 ¿
De 6.000,01 a 12.000 ¿ ........... 180 ¿
A partir de 12.000 euros se aplicará a cualquier licencia u acto de control, ya sea de obra menor o mayor, el 1,5% sobre el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra.

Requisitos La Licencia se deberá solicitar en todo caso con anterioridad al comienzo de las obras.
Una vez otorgada la Licencia se procederá al pago de las tasas correspondiente.
Recursos posibles RECURSO DE REPOSICIÓN:
El plazo para interponer el Recurso de Reposición será UN MES contando desde el día siguiente a la recepción de la notificación de resolución. Interpuesto el Recurso, no podrá entablarse Recurso Contencioso- Administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio en el plazo de un mes contando desde la fecha de interposición, sin haber sido notificada resolución en cuyo caso será expedita la vía contenciosa administrativa, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de LRJPAC ( en su caso nueva redacción dada por la Ley 4/1999 de modificación de la anterior).
Efectos del silencio administrativo Desestimatorio (art.24 Ley 39/2015. De 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
DNI o CIF del solicitante: Documentdo identificativo de la persona solicitante Obligatorio Presencial
Documentos de representación: Si la solicitud la formula el representante legal, deberá acreditar tal representación mediante cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, o mediante declaración en comparecencia personal del interesado, aportándose en este caso copia del DNI del representante Opcional Ambas
Solicitud de Licencia de Obra Menor: Modelo oficial de solicitud para tramitar licencia de obra menor. Obligatorio Ambas
Presupuesto: Presupuesto estimado de las obras Obligatorio Ambas
Plano: Plano de emplazamiento Obligatorio Ambas
Fotografías: Fotografías del edificio o zonas a intervenir. Obligatorio Ambas
Otra documentacion: Si el lugar donde se van a realizar las obras tiene afecciones, autorización del organismo correspondiente. Opcional Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Normativa
DL 1/2004 Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo.
D 278/2007 Decreto 278/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias
RD 2/2008 Real Decreto Legislativo 2/2008 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo.
L 7/85 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
RSCL Decreto de 17 de junio de 1955, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales.
L 38/1999 Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
Normativa Municipal Normas Subsidiarias de Planeamiento vigentes de Peñamellera Baja ( texto refundido BOPA 6/6/2016)
Resolución 2008 gestión residuos Resolución de 8 de octubre de 2008 de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regula la gestión de residuos de construcción y demolición en el Principado de Asturias.

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